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Manual para subsidio de ampliación que permite llevar a vivir al abuelo a casa

19/07/2012

  • Beneficio se encuentra dentro del Programa de Protección al Patrimonio Familiar, como un llamado especial en que se entrega un subsidio de hasta UF 200 para ampliar el inmueble e incorporar un dormitorio y baño.

Fuente: La Nación

Santiago, Chile. 19 julio, 2012. Quienes viven con un abuelito en el hogar pueden acceder al llamado especial de ampliación de vivienda para los adultos mayores, en que se entregarán 3.400 subsidios, desde UF 160 hasta UF 200 ($ 3.6 a $ 4.5 millones), destinados a la construcción de un dormitorio, “que permita colocar 2 camas, 2 clósets, 1 baño y con espacio suficiente para el desplazamiento al interior de éste”.

En el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) señalan que si el adulto mayor posee alguna discapacidad, “el proyecto deberá incorporar el concepto de Accesibilidad Universal, a través de obras que permitan habitar la ampliación en condiciones de seguridad, comodidad, y de la forma más autónoma y natural posible”.

El metraje mínimo es de 13 metros cuadrados para una ampliación tipo y de 15,5 metros cuadrados para ampliaciones que contemplen un miembro con discapacidad.

El subsidio también beneficia a los adultos mayores propietarios de una vivienda cuya propuesta permita ampliar su lugar de residencia para que un familiar lo pueda cuidar.

Para acceder al beneficio lo primero que se debe hacer es verificar las condiciones para postular al programa de ampliación de viviendas, dirigidas a las familias vulnerables. De cumplir con estas exigencias, se puede postular al llamado especial para construir una habitación a un adulto mayor.

Primer paso

Los requisitos del Programa Regular de Protección del Patrimonio Familiar, Título III, Ampliación de la Vivienda son:

1.-Tener mínimo 18 años de edad.

2.-En postulaciones individuales contar con máximo 13.484 puntos en la Ficha de Protección Social. En postulaciones colectivas el 40% de los integrantes puede superar este puntaje.

3.-Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.

4.-No ser propietario (postulante o cónyuge) de otra vivienda.

5.-La vivienda debe catalogarse como social o haber sido construida por el SERVIU o sus antecesores; o bien, que su tasación no supere las UF 650 (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).

6.-Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustes y facultad de bloquearse y desbloquearse.

7.-Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.

8.-No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del Título III de este programa y/o del Título III del antiguo subsidio rural.

9.-Contar con la asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), los cuales se pueden consultar en el sitio web www.minvu.cl ingresando al banner que dice EGIS y PSAT.

10.-Contar con un constructor o contratista inscrito en el Registro de constructores del Minvu, para la ejecución de las obras.

11.-En postulaciones colectivas, los interesados deben estar constituidos como grupo organizado. Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.

12.-Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM).

Segundo paso

Una vez que se cumplan estas condiciones, los interesados en postular al llamado especial deben realizar los siguientes trámites.

1.-Presentar carta compromiso del postulante y/o del adulto mayor que habitará la vivienda, que indique que este último morará en ella.

2.-El Servicio de Vivienda y Urbanismoi (Serviu) verificará el cumplimiento de esta condición.